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Los autónomos pueden beneficiarse ya de las bonificaciones activas para este 2017 en el pago de la cuota de Seguridad Social

Los trabajadores por cuenta propia podrán acogerse a nuevas tarifas, reducciones y bonificaciones según la situación en la que se encuentren

Publicado en el en Sociedad, Ciberseguridad, Recursos humanos por

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A pesar de que la Ley de Autónomos se encuentra en plena tramitación parlamentaria, son muchos los trabajadores por cuenta propia que tienen expectativas muy pesimistas sobre su situación. La mayoría exige reformas en profundidad que se incluyen dentro de la citada Ley mientras que, otros, consideran que las medidas que se van a llevar a cabo son todavía insuficientes.

En cualquier caso, muchos autónomos podrían mejorar su situación mañana mismo si conociesen alguna de las bonificaciones que están activas este año 2017 en el pago de la cuota de la Seguridad Social. A falta de aprobación definitiva, no hay cambios significativos con respecto a 2016.

Las más importantes son:

  • Los nuevos autónomos que opten por cotizar por la base mínima se beneficiarán de una tarifa plana de 50 euros en la cuota por contingencias comunes durante sus seis primeros meses de actividad, que se prolongarán a doce meses en cuanto se apruebe la Ley de Autónomos. Aquellos autónomos que cuenten con un grado de discapacidad del 33% o hayan sido víctimas del terrorismo disfrutarán de un periodo de bonificación de 12 meses.
  • Aquellos autónomos que opten por una cuota superior obtendrán una reducción del 80% durante los seis primeros meses posteriores al alta, o doce meses si cuentan con un grado de discapacidad del 33% o han sido víctimas del terrorismo.
  • Los hombres trabajadores menores de 30 años o las mujeres menores de 35 que causen o hayan causado alta inicial o no hayan cotizado previamente en el RETA tendrán una reducción adicional equivalente al 30% sobre la cuota por contingencias comunes durante los doce siguientes meses a la finalización de la bonificación anterior.
  • Aquellos autónomos que se encuentren de baja por maternidad o paternidad se beneficiarán de una bonificación del 100% en la cuota de la Seguridad Social del trabajador que les sustituya durante todo el período de baja.
  • También disfrutarán de una bonificación del 100% aquellos trabajadores autónomos que contraten a trabajadores en situación de conciliación de vida familiar y laboral, siempre y cuando tengan a su cuidado menores de siete años u otras personas en situación de dependencia.
  • Las nuevas altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos tendrán una bonificación del 50 por ciento durante los 18 meses posteriores a la fecha de alta.

El contenido de este comunicado fue publicado primero en la web de Pymes y Autonomos

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