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ARAG informa sobre cómo reclamar si se está afectado por el cierre de las clínicas iDental

La compañía aseguradora recuerda a los afectados de iDental que tienen derecho a que se anule la financiación de sus tratamientos

Publicado en Barcelona el en Nacional, Derecho, Sociedad por

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El cierre de las clínicas de iDental ha dejado a miles de pacientes en una situación complicada. Algunos de los clientes de estos centros estaban pagando préstamos para poder hacer frente a costosos tratamientos dentales y, a otros, se les interrumpió el tratamiento bruscamente por el cierre de estas clínicas.

Cómo actuar si se es uno de los afectados
El abogado especialista en consumo de ARAG, Javier Sanguino, detalla que lo primero que hay que hacer en estos casos es acreditar el incumplimiento por parte de la clínica de sus obligaciones. Para eso “es muy importante presentar una reclamación contra iDental de manera que quede constancia fehaciente de dicha reclamación”. Lo más conveniente, puntualiza el abogado, sería enviar un burofax en el que se solicitará, según el caso, que se complete el tratamiento ya iniciado o bien que se proceda a iniciar el mismo y dar cumplimiento de esa manera al contrato.

Sin respuesta
En el caso de no obtener respuesta, es conveniente acudir a algún organismo oficial para denunciar estos hechos, como puede ser la oficina municipal de consumo o bien los servicios de consumo de la Comunidad Autónoma, adjuntando la documentación que se tenga, ya sea el presupuesto firmado, folletos publicitarios, facturas o comprobantes de los pagos realizados hasta la fecha.

A partir de aquí el paso siguiente es ponerse en contacto con la financiera, también de forma fehaciente, adjuntando la reclamación realizada previamente frente a iDental, y solicitando la anulación del préstamo, como paso previo a dejar de abonar las cuotas del mismo. Hay que tener en cuenta que se trata de un préstamo al consumo, lo que otorga unos derechos específicos al consumidor. En concreto, la falta de cumplimiento del tratamiento acordado con la clínica determina también la ineficacia del crédito destinado a su financiación.

El cliente ha pagado una parte del tratamiento
Otra cuestión que se plantea es qué ocurre en aquellos casos en los que ya se ha pagado una parte significativa del tratamiento y, sin embargo, este tratamiento ni siquiera se ha iniciado o bien el importe pagado supera con creces la parte del tratamiento que ya se ha realizado.

En estos casos la solución es más compleja, indica Sanguino, "ya que probablemente la única opción que nos quede sea iniciar una reclamación judicial por vía civil contra iDental por incumplimiento de contrato reclamando los daños y perjuicios que se deriven de dicho incumplimiento, o incluso denunciar por vía penal a los administradores por un posible delito de estafa. Otra opción, de la cual existen precedentes, sería demandar a la propia entidad financiera para que ésta se haga cargo de la devolución de la diferencia entre el importe pagado y el tratamiento realizado".

No obstante, es importante actuar con precaución ya que es probable que la empresa, teniendo en cuenta su situación actual, se declare finalmente en concurso de acreedores. Esto implicaría que se procedería al nombramiento por parte del juzgado de unos administradores concursales que serían los encargados de gestionar la sociedad, probablemente como paso previo a la liquidación de la misma y al reparto de sus activos para de esa manera intentar saldar sus deudas. Este escenario sería probablemente negativo para los intereses de los clientes afectados ya que los bienes de la sociedad no alcanzarían para hacer frente a las mismas.

Asesoramiento caso iDental
Si se es asegurado de ARAG y se necesita asesoramiento sobre este tema, la compañía aseguradora pone a disposición de los afectados este número de teléfono: 934 858 900. Los afectados que no sean asegurados también pueden hacer llegar sus consultas a través del 807 517 507.

Datos de contacto

ARAG SE Sucursal en España

comunicacion@arag.es

934857334

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