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Rectificar ante Hacienda para evitar males mayores, según GM Tax

La consultoría fiscal GM Tax asegura que se puede intentar evitar sanciones o reducirlas asumiendo la culpa

Publicado en Barcelona el en Derecho, Finanzas, Cataluña, Otros Servicios, Consultoría por

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Fotografia Asesoría Fiscal GM Tax Consultancy

El 27 de junio termina el plazo para domiciliar en cuenta la declaración de la renta y el 2 de julio, el plazo para presentar la declaración con resultado a devolver o a ingresar sin domiciliación bancaria. Estas dos fechas están marcadas en el calendario de la mayoría de españoles, pero a muchos se les pasa por alto y otros deciden hacer como que no lo sabían. La asesoría fiscal GM Tax Consultancy advierte que cualquiera de las dos excusas no sirve a Hacienda y si detecta que no se ha pagado a tiempo va a emprender medidas, primero exigiendo el ingreso de la declaración, si procede, y posteriormente con una sanción.

Sanciones de la Agencia Tributaria
El tipo de “sanción” varía dependiendo de si la gente se da cuenta del error y lo rectifica o bien es la Agencia Tributaria la que  exige el pago primero. Por ejemplo, si Hacienda exige la declaración de la renta y esta era con resultado a ingresar, las sanciones pueden elevarse entre un 50% y un 150% de la cantidad a abonar más intereses de demora, mientras que si se presenta voluntariamente (sin que Hacienda lo haya exigido previamente) se aplica un recargo que va del 5% al 20% más intereses de demora, dependiendo de los meses de retraso en la presentación de la declaración.

Esto no solo pasa con la declaración de la renta. Es muy frecuente que muchos extranjeros que adquieren su residencia en España el año anterior no saben que tener esa residencia supone la obligación de presentar el Modelo 720 entre el 1 de enero y el 31 de marzo. Descubren esta obligación durante la campaña de la renta, cuando ha terminado el plazo de presentación del Modelo 720 y acuden a una asesoría fiscal para evitar sanciones. En este caso, la sanción puede llegar a ser de importes muy significativos (la sanción mínima es de 10.000 Euros) pero si se presenta voluntariamente fuera de plazo puede reducirse sustancialmente. Hay que destacar que el régimen sancionador está recurrido ante el Tribunal Superior de Justícia de la Unión Europea.

En estos casos GM Tax aconseja presentar la declaración fuera de plazo con un escrito explicativo argumentando el motivo de la presentación fuera de plazo. Aunque la AEAT pueda sancionar igualmente, no hacerlo es peor ya que la sanción es mucho mayor y además se puede intentar considerar por parte de la Administración Tributaria la existencia de una ganancia patrimonial no justificada con el correspondiente tratamiento muy gravoso en el IRPF. Según su experiencia, hasta hoy, ninguno de sus clientes ha recibido ninguna sanción de las aplicables al respecto utilizando esta opción.

Hacienda es uno de los órganos públicos que más respeto infunde, especialmente por su capacidad sancionadora, por lo que es importante tener en cuenta las distintas estrategias existentes para reducir al máximo la actuación sancionadora de la Administración Tributaria.

Datos de contacto

GM Tax Consultancy

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