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El medio n° 1 de notas de prensa en España

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte crea el 'Sello Vida Saludable' para centros docentes

Este sello reconocerá a los centros que fomenten el aprendizaje de la salud en el ámbito educativo, la asunción de prácticas de vida saludable y la educación física de los alumnos | Los centros públicos, concertados y privados de toda España lo podrán solicitar al Ministerio previo informe favorable de su Comunidad | El centro que lo obtenga podrá exponer el distintivo en su sede y locales y usarlo en su documentación propia y en sus relaciones comerciales y publicitarias

Publicado en el en Nacional, Nutrición, Educación, Infantil, Otros deportes, Ocio para niños por

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El ministro de Educación, Cultura y Deporte, Íñigo Méndez de Vigo, ha firmado esta mañana la Orden ministerial, según la cual se crea el distintivo de calidad de centros docentes Sello Vida Saludable.

Íñigo Méndez de Vigo ha hecho este anuncio durante la visita que esta mañana ha realizado a la selección española femenina de Baloncesto en el Colegio público República de Panamá, en Madrid, donde también ha dicho que se está ultimando “la tramitación de un Convenio de colaboración entre la Secretaría de Estado de Educación, el Consejo Superior de Deportes y la Asociación del Deporte Español que va a fijar el marco general para la realización conjunta de actividades dirigidas al fomento de estilos de vida activos y saludables en los centros educativos”.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte procede mediante dicha orden a la creación de un sello de calidad denominado Vida Saludable, con objeto de reconocer públicamente a aquellos centros docentes, tanto públicos como privados, que fomenten el aprendizaje de la salud en el ámbito educativo, así como la asunción de prácticas de vida saludable y una educación física que permita el adecuado desarrollo personal y social a lo largo de la escolarización de los alumnos.

El distintivo de calidad Sello Vida Saludable podrá concederse a cualquier centro docente, tanto públicos como privados sostenidos con fondos públicos y privados, que asuma un compromiso firme e inequívoco con el desarrollo y mejora de la calidad educativa y de la salud y que persiga el cumplimiento de alguna de las siguientes finalidades:

  1. Fomentar el rol de la educación en hábitos saludables como una parte integrante de la educación integral, diseñando, a tales efectos, un programa de educación en hábitos saludables que comprenda la programación y establecimiento de objetivos educativos y de los instrumentos de evaluación
     
  2. Promover estilos y hábitos de vida saludables, a partir de las necesidades específicas del alumnado del centro docente, y especialmente en los ámbitos de la nutrición y alimentación saludables y del deporte contemplando el enfoque de género y la equidad para evitar desigualdades en la salud
     
  3. Fortalecer y mejorar los comportamientos saludables de los alumnos, con especial énfasis en la higiene y la prevención
     
  4. Afianzar los hábitos de cuidado y salud corporales e incorporar la educación física y la práctica del deporte para favorecer el desarrollo personal y social de los alumnos
     
  5. Fomentar en el alumnado la adquisición de capacidades y competencias que les permitan cuidar su cuerpo tanto a nivel físico como mental, así como valorar y tener una actuación crítica ante la información, publicidad y ante actitudes sociales que puedan repercutir negativamente en su desarrollo físico, social y psicológico
     
  6. Conocer y detectar las situaciones de riesgo para la salud, relacionadas especialmente con el consumo de sustancias con potencial adictivo, tanto de comercio legal como ilegal, así como con la ejecución de determinadas actividades que puedan generar comportamientos adictivos, con especial atención a la anorexia y a la bulimia, contrastando sus efectos nocivos y proponiendo medidas de prevención y control
     
  7. Promover la comprensión y valoración de la importancia de preservar el medio ambiente por las repercusiones que el mismo tiene sobre la salud de las personas
     
  8. Fomentar la responsabilidad del alumnado en las decisiones diarias del mismo, y el conocimiento de las consecuencias que las mismas tienen en su salud y en el entorno que les rodea
     
  9. Promover el adecuado conocimiento de la salud e higiene sexual y reproductiva
     
  10. Promover la puesta en valor de la investigación, desarrollo e innovación en los avances médicos y en el impacto de la calidad de vida de las personas
     
  11. Promover la formación continua del personal docente que preste sus servicios en el centro, en materia de educación en hábitos saludables y en especial sobre alimentación saludable y práctica de actividad física

Solicitudes

Las solicitudes para la concesión del distintivo deberán presentarse en el Registro del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o vía electrónica.

Las solicitudes deberán acompañarse del informe favorable de la Consejería de Educación de la correspondiente Comunidad Autónoma en la que se encuentre el centro o de las Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en su ámbito de gestión.

En el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se constituirá una Comisión Evaluadora para la concesión del distintivo Sello Vida Saludable integrada por el Director General de Evaluación y Cooperación Territorial, que la presidirá, el Subdirector General de Cooperación Territorial, que será el Vicepresidente, y tres funcionarios pertenecientes a la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial

Concesión

El centro docente beneficiario de la concesión podrá:

a) Exponer en su sede y locales el distintivo concedido al centro docente.

b) Utilizar el sello en la documentación propia del centro docente, así como, en su caso, en sus relaciones comerciales y publicitarias, atendiendo al cumplimiento de la normativa aplicable, en particular, en materia de publicidad.

Validez y pérdida del Sello Vida Saludable

La validez de la concesión del distintivo Sello Vida Saludable a un centro docente se extenderá con carácter indefinido siempre que por parte de dichos centros se mantenga el cumplimiento de las condiciones y requisitos que dieron lugar a su concesión.

Periódicamente, y al menos cada dos años, podrán realizarse revisiones por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, con el fin de comprobar si se continúan cumpliendo los requisitos que justificaron la concesión.

Si se diera el caso, la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, previo informe de la Comisión evaluadora, que, en todo caso, recabará al centro docente las alegaciones que considere oportunas, y en Resolución motivada dictada al efecto, podrá cancelar el derecho al uso del distintivo Sello Vida Saludable como consecuencia del incumplimiento de las condiciones que fundamentaron su otorgamiento o de las circunstancias excepcionales señaladas.
 

Datos de contacto

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