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En qué consiste la Renta Vitalicia

La Renta Vitalicia consiste en un contrato firmado que obliga a una parte a abonar un pago, de manera periódica a la otra parte, hasta que una de las partes muera

Publicado en España, Cataluña, Barcelona el en Finanzas, Sociedad, Cataluña, Seguros por

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La Renta Vitalicia consiste en un contrato firmado que obliga a una parte a abonar un pago, de manera periódica a la otra parte, hasta que una de las partes muera. En el caso de una entidad o compañía aseguradora, el cliente tras invertir un capital inicial obtendrá un ingreso con una periodicidad establecida, durante el resto de su vida.

La demanda de rentas vitalicias aumenta en España

Más de dos millones de personas han optado, tras la jubilación, por complementar sus ingresos a través de una renta vitalicia. El objetivo está muy claro: afrontar el paso de los años con la garantía de una calidad de vida digna. Datos publicados por el diario El País constatan que la esperanza de vida de los españoles se ha duplicado en apenas cuatro generaciones y alcanza una cifra  promedio de 85,1%, según la OMS.

La necesidad de la población adulta de garantizar los fondos adecuados para disfrutarlos posteriormente, en su etapa de jubilados, presenta diferentes formas y modalidades de gestión por entidades y aseguradoras, según sea el capital a aportar. Cómo canalizar y rentabilizar un plan de pensiones, o cómo gestionar el patrimonio.

Para La Caixa la renta vitalicia consiste en un seguro de ahorro

Este seguro puede contratarse, en muchas ocasiones, por un titular o dos y proporciona un ventajoso tratamiento fiscal, especialmente si se tienen más de 60 años. Ofrece diversas alternativas de producto adecuado para cada perfil, con un interés garantizado de forma temporal o vitalicia.

Cuentan con tres modalidades, según el perfil del inversor:

Rentas Constantes para personas que no deseen correr los riesgos asociados a las posibles oscilaciones de los tipos de interés del mercado. El interés es constante.

Modalidad Mixta para personas que puedan ceder parte de su inversión, y de esta forma obtener la máxima rentabilidad de sus ahorros, generándoles una renta mensual para toda la vida.

Y a Capital Cedido para personas que no tengan herederos y puedan, por tanto,  ceder su inversión, para alcanzar una alta rentabilidad de sus ahorros que les genere la máxima renta mensual, para toda la vida. En esta modalidad, en caso de fallecimiento, no se recupera el capital.

Santander presenta la Renta Asegurada Vitalicia 101

Este seguro de aportación única garantiza el pago de una renta mensual, durante toda la vida del asegurado, y el pago a los herederos legales designados, de un porcentaje de la inversión realizada. Además, permite obtener mayor rentabilidad que otros productos de ahorro, gracias a que tiene un tipo de interés muy competitivo, que se mantendrá durante toda la vida de la póliza. Y, entre las ventajas fiscales encontramos que una parte importante de la renta percibida está exenta de tributación.

La renta vitalicia con VITTALIAS permite al propietario de un inmueble, mayor de 65 años, obtener ingresos extras para complementar su pensión, a cambio de ceder la propiedad de su vivienda.

La firma del contrato de la renta vitalicia no supone ningún gasto para el cliente, a excepción del pago de la posible plusvalía. La operación funciona exactamente igual que la de una compraventa y no se puede cancelar. Salvo, en el hipotético caso, que el titular dejara de percibir la renta mensual, en el periodo fijado por ambas partes. Entonces,  puede ejercer el derecho a anular la operación, sin tener que devolver los importes percibidos; como se hace constar en la escritura pública firmada y gracias a una condición resolutoria inscrita en el Registro de la Propiedad.

VITTALIAS ofrece dos tipos de Renta Vitalicia

La Clásica es la operación que con más frecuencia realizamos en nuestra agencia. Con este tipo de renta vitalicia, la persona mayor percibe un pago mensual a cambio de la cesión de su vivienda, pero reservándose el derecho de uso y disfrute de la misma durante toda su vida.

La Fuera del Hogar contempla la renuncia, por parte de la persona mayor, al derecho de usufructo sobre la vivienda. Hecho que repercute en un incremento importante del pago a percibir mensualmente. Estos ingresos mensuales están garantizados de por vida.

Está indicada en los casos que la persona mayor haya decidido, por su propia voluntad, vivir en una Residencia para la tercera edad. Ya sea por motivos de salud, por necesidad de asistencia especializada, o simplemente por disfrutar de la compañía de otras personas.

VITTALIAS marca la diferencia y ofrece ventajas significativas

Entre las ventajas destacamos:

Poder recibir un pago mensual durante toda su vida, en función de la edad y el sexo del contratante, así como del valor de su vivienda.

Disfrutar de un excelente tratamiento fiscal. Los mayores de 70 años, sólo tendrán la obligación de tributar por el 8% del total de rentas percibidas anualmente.

Mantener el total uso y disfrute de su vivienda, en las mismas condiciones en que lo hacía como propietario. Rentabilizar su patrimonio inmobiliario, sin necesidad de renunciar a seguir viviendo en su casa de siempre, sin alejarse de su barrio y entorno habitual.

El pago de la Residencia para la Tercera Edad. Poder hacer frente, si usted así lo decide y forma inmediata, al pago de la Residencia para la Tercera Edad que desee, así como acceder a todos los servicios adicionales que la Residencia le ofrezca.

VITTALIAS puede ofrecer esa posibilidad, gracias a los convenios que mantiene, desde hace más de 20 años, con Residencias y Centros Geriátricos de toda Cataluña.

Formalizar la operación no le supondrá ningún coste adicional.
Todos los gastos e impuestos que se generan son a cargo del adquirente. Tampoco  tendrá que preocuparse, en el futuro, por abonar derramas extraordinarias de Comunidad ni el recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles.

La principal ventaja de realizar estas operaciones con VITTALIAS son las garantías que se ofrecen al Adulto Mayor

Cada operación se formaliza ante Notario, en una Escritura Pública que queda inscrita en el Registro de la Propiedad. En ella se establece una Condición Resolutoria para el hipotético caso de impago, por la cual el Transmitente/Persona Mayor recupera la plena titularidad de la vivienda, sin perjuicio de las mensualidades ya percibidas hasta ese momento. En la propia Escritura se garantiza a la Persona Mayor la posibilidad de renunciar, en cualquier momento, al derecho de uso y disfrute de la vivienda, percibiendo desde esa fecha un pago superior al que estuviera cobrando.

La renta vitalicia es en la actualidad un producto que alcanza una alta demanda dentro de la población adulta europea y española. El Adulto Mayor ha pasado de conservar el patrimonio, en favor de la cultura de la herencia, a rentabilizarlo. A través de estas operaciones consigue una excelente manera de incrementar los ingresos mensuales y planificar su futuro inmediato, con el reconocimiento de las garantías que este  sistema tiene dentro del Código Civil español.

Datos de contacto

Carlos

Renta Vitalicia; ¿Qué es?

685333883

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